Es una orden de pago emitida por Correo Argentino a nombre de un beneficiario realizada por vía telegráfica. Si Ud. desea realizar un Giro Telegráfico, debe depositar en cualquier sucursal de Correo Argentino el monto del Giro junto con la comisión correspondiente a la transacción. El beneficiario recibe un aviso en su domicilio en 24 a 48 horas, para presentarse a cobrar el giro en la oficina de Correo indicada.
Monto máximo admitido: $2.000.-
Opcionales de los Giros (servicios con cargo adicional)
Aviso que recibe el emisor de un Giro Telegráfico como constancia de que fue efectivamente entregado al beneficiario. Este servicio debe solicitarlo en el momento de presentar la solicitud para la emisión del Giro.
Aviso que recibe el emisor de un Giro como constancia de que éste fue efectivamente pagado al beneficiario particular o empresa. Este servicio debe pedirlo cuando presente la solicitud para la emisión del Giro.
Si su Giro aún no ha sido cobrado por el beneficiario, Ud. tiene la opción de cambiar el destinatario de su Giro dejando sin efecto el cobro por parte del beneficiario inicial.
Si su Giro aún no ha sido cobrado por el beneficiario, tanto Ud. como el destinatario de su Giro pueden optar por cambiar la oficina de Correo Argentino que efectivizará el pago.
Si el beneficiario aún no cobró su giro, tanto Ud. como el destinatario de su Giro pueden solicitar la emisión de un Duplicado.
Si su Giro todavía no ha sido cobrado por el beneficiario, Ud. tiene la opción de solicitar que se le reembolse el importe del Giro emitido.
-
Vencimiento: Los Giros vencen al finalizar el mes siguiente al de emisión, pero tanto el emisor como el beneficiario pueden revalidarlos por un período más.
Ejemplo: Si Ud. realiza un giro el 8 de septiembre de 2010, su vencimiento será el 8 de octubre de 2010 o el día hábil anterior.