Es el Telegrama fehaciente por excelencia. El texto transmitido se verifica en el destino y se archiva por 5 años, así sus antecedentes se resguardan por más tiempo para el caso de un juicio prolongado.
Requiere la presentación del Documento de Identidad del remitente en el momento de la admisión por ventanilla.
Beneficios
- Texto colacionado.
- Valor legal extra y mayor tiempo de archivo.
Opcionales de Envío
Los telegramas pueden ser enviados desde todas las sucursales de Correo Argentino.
Opcionales de Servicio
Pidiendo este servicio, cualquiera de las categorías de Telegramas tendrá absoluta prioridad, tanto en la transmisión como en la entrega.
Este servicio permite el envío de Telegramas a buques de bandera argentina en navegación.
Este servicio permite enviar Telegramas con una anticipación de hasta 15 días a la fecha de entrega. Se utiliza frecuentemente en el envío de Teletarjetas para asegurar la entrega en la fecha deseada.
El emisor puede anular un Telegrama después de enviarlo. Si no fue transmitido, se le devolverá al emisor el importe que pagó. En caso de haber sido transmitido, igualmente puede comunicarle al destinatario su voluntad de anular la notificación expresada en el Telegrama. (En este caso, la anulación tiene un cargo, ya que deberá transmitirse un telegrama al destinatario comunicándole la anulación del mismo.)
La sucursal de destino le avisará por Telegrama al remitente el día, la hora de entrega del Telegrama y los datos de la persona que lo recibió.
Es la copia de un Telegrama con certificación de autenticidad que realiza un empleado autorizado de Correo Argentino inmediatamente después de su envío. Esa certificación tiene poder fedatario.
Es la copia de un Telegrama que se encuentra en el archivo del Correo Argentino (tres años los Simples y Múltiples, y cinco años los Colacionados), con certificación de autenticidad realizada por un empleado autorizado de Correo Argentino. Puede ser solicitada tanto por el remitente como por el destinatario del Telegrama. La copia también puede ser requerida por las autoridades judiciales competentes. Esta certificación tiene poder fedatario.
Si desea que el destinatario conteste a su Telegrama por la misma vía, el servicio de Respuesta Paga le brinda la posibilidad de pagar, junto con el envío de su Telegrama, el precio del Telegrama de respuesta del destinatario.
Si desea contestar a un Telegrama que recibió y no puede identificar la dirección del remitente, puede hacerlo enviando una respuesta “Al remitente del Telegrama N° ...”. El Telegrama será entregado en la dirección que consta en el formulario confeccionado por el remitente en el momento de imposición.
Disposiciones legales a las cuales deberán ajustarse los textos transmitidos por Telegramas.
Por diversas disposiciones legales (art.17 de la Ley 19798 y art. 8 CDV N° 25), Correo Argentino no puede aceptar para transmitir Telegramas cuyo texto pueda afectar la seguridad nacional, las relaciones internacionales, la vida normal de la sociedad, la moral y las buenas costumbres.
Como ejemplos, mencionamos:
- Los que tengan por objeto alterar el órden público.
- Los que ofendan a los Símbolos Nacionales.
- Los que perjudiquen el buen nombre del País.
- Los que contengan insultos, amenazas o expresiones, calificativos o juicios hirientes o despectivos.