Es la forma más simple y económica enviar un Telegrama. Se archiva durante 3 años. Se puede mandar con cualquier opcional. Para enviarlo, el empleado de Correo Argentino puede pedir su Documento de Identidad en el momento de la admisión por ventanilla.
Beneficios
- Menor precio de toda la gama telegráfica.
- Accede a todos los opcionales.
Opcionales de Envío
Los telegramas pueden ser enviados desde todas las sucursales de Correo Argentino.
Los Telegramas y Teletarjetas pueden ser solicitados por teléfono (para abonados de Telefónica Argentina o Telecom) y debitados de la factura telefónica del cliente. Los abonados a otras empresas de telefonía y/o de celulares, pueden acceder al servicio abonando con tarjeta de crédito. El envío de Telefonogramas tiene un cargo adicional.
En todo el país, se accede al servicio de Telefonogramas marcando el 0810 444 CORREO (2677).
Opcionales de Servicio
Pidiendo este servicio, cualquiera de las categorías de Telegramas tendrá absoluta prioridad, tanto en la transmisión como en la entrega.
Este servicio permite el envío de Telegramas a buques de bandera argentina en navegación.
Este servicio permite enviar Telegramas con una anticipación de hasta 15 días a la fecha de entrega. Se utiliza frecuentemente en el envío de Teletarjetas para asegurar la entrega en la fecha deseada.
En caso de que el envío de un Telegrama resuelva problemas que, por razones de tiempo, pueden ser vitales, el emisor puede solicitar que se le anticipe al destinatario el texto del Telegrama por vía telefónica.
El emisor puede anular un Telegrama después de enviarlo. Si no fue transmitido, se le devolverá al emisor el importe que pagó. En caso de haber sido transmitido, igualmente puede comunicarle al destinatario su voluntad de anular la notificación expresada en el Telegrama. (En este caso, la anulación tiene un cargo, ya que deberá transmitirse un telegrama al destinatario comunicándole la anulación del mismo.)
La sucursal de destino le avisará por Telegrama al remitente el día, la hora de entrega del Telegrama y los datos de la persona que lo recibió.
Es la copia de un Telegrama con certificación de autenticidad que realiza un empleado autorizado de Correo Argentino inmediatamente después de su envío. Esa certificación tiene poder fedatario.
Es la copia de un Telegrama que se encuentra en el archivo del Correo Argentino (tres años los Simples y Múltiples, y cinco años los Colacionados), con certificación de autenticidad realizada por un empleado autorizado de Correo Argentino. Puede ser solicitada tanto por el remitente como por el destinatario del Telegrama. La copia también puede ser requerida por las autoridades judiciales competentes. Esta certificación tiene poder fedatario.
Si desea que el destinatario conteste a su Telegrama por la misma vía, el servicio de Respuesta Paga le brinda la posibilidad de pagar, junto con el envío de su Telegrama, el precio del Telegrama de respuesta del destinatario.
Si desea contestar a un Telegrama que recibió y no puede identificar la dirección del remitente, puede hacerlo enviando una respuesta “Al remitente del Telegrama N° ...”. El Telegrama será entregado en la dirección que consta en el formulario confeccionado por el remitente en el momento de imposición.
Es una novedosa manera de enviar saludos. Usted puede enviar un Telegrama inserto en una tarjeta ilustrada. Existen diferentes modelos de tarjetas para cada ocasión.
Puede solicitarla llamando al servicio de Telefonogramas 0810 444 CORREO (2677) o bien acercándose a cualquier sucursal de Correo Argentino. Se distribuye en las principales ciudades del país.
Las Teletarjetas pueden enviarse como Telegramas Múltiples, solicitando para todos los destinatarios una misma tarjeta, y especificando los opcionales correspondientes a estos servicios.
Ciudades donde entregamos Teletarjetas
Disposiciones legales a las cuales deberán ajustarse los textos transmitidos por Telegramas.
Por diversas disposiciones legales (art.17 de la Ley 19798 y art. 8 CDV N° 25), Correo Argentino no puede aceptar para transmitir Telegramas cuyo texto pueda afectar la seguridad nacional, las relaciones internacionales, la vida normal de la sociedad, la moral y las buenas costumbres.
Como ejemplos, mencionamos:
- Los que tengan por objeto alterar el órden público.
- Los que ofendan a los Símbolos Nacionales.
- Los que perjudiquen el buen nombre del País.
- Los que contengan insultos, amenazas o expresiones, calificativos o juicios hirientes o despectivos.