Telegrama Simple Ley 23.298

Es un servicio exclusivo del Correo Oficial de la República Argentina. Mediante este Telegrama, una persona puede desafiliarse de un partido político según el Artículo 25 quáter de la ley 23.298 (incorporado por Ley 26.571), cuyo texto es: “Los ciudadanos pueden formalizar su renuncia por telegrama gratuito o personalmente ante la secretaría electoral del distrito que corresponda. A tal fin se establece en todo el territorio de la República Argentina un servicio de telegrama gratuito para el remitente...”.

Los interesados deberán presentarse en cualquier sucursal de Correo Argentino, con su documento de identidad (DNI, LE o LC) y pedir el formulario del Telegrama Ley 23.298. El empleado de ventanilla entregará dos copias que tienen un texto preimpreso. A continuación, el remitente deberá completar los espacios vacíos en ambas. El empleado verificará que coincidan los datos del documento de identidad con los consignados en el formulario y dará curso al Telegrama, entregando una de las hojas al remitente, como constancia de envío. Los Telegramas irán dirigidos al Juzgado Federal de Competencia Electoral correspondiente al Distrito (provincia) en el cual se afilió el remitente.

A continuación se consignan las direcciones de los distintos Distritos Electorales

Telegrama Ley N° 23.298 Renuncias a Partidos Políticos
(Art. 25 Quáter De La Ley)
Domicilios a los que deben dirigirse los Telegramas según Distrito Electoral
Distrito Electoral Domicilios Cód Postal Localidad
Capital Federal Tucumán 1320 Ss 1050 Buenos Aires
Buenos Aires Calle 8 N° 925 E/50 Y 51 1900 La Plata
Catamarca República 323 4700 San Fernando del Valle de Catamarca
Córdoba Av. Concepción Arenal 690 5000 Córdoba
Corrientes 25 De Mayo 970/72 3400 Corrientes
Chaco Juan Domingo Perón 650 3500 Resistencia
Chubut Av. 9 De Julio 91/99 9103 Rawson
Entre Ríos Gral. J. J. Urquiza 840 3100 Paraná
Formosa B. Mitre 839/41 3600 Formosa
Jujuy San Martín 1196 4600 San Salvador de Jujuy
La Pampa Av. Pres. Gral. J. A. Roca 153 6300 Santa Rosa
La Rioja Joaquín V. Gonzalez 85 5300 La Rioja
Mendoza Av. Gral. San Martín 678 3° Y 4° Piso 5500 Mendoza
Misiones Colón 2526 3300 Posadas
Neuquén Santa Fe 318 8300 Neuquén
Río Negro San Martín 189 8500 Viedma
Salta Deán Funes 140 1° Piso 4400 Salta
San Juan Entre Ríos (Sur) 282 2° Piso 5400 San Juan
San Luis Colón 654 1° Piso 5700 San Luis
Santa Cruz Carlos Pellegrini 106 9400 Río Gallegos
Santa Fe Gral. J. J. de Urquiza 3046 3000 Santa Fe
Santiago del Estero Av. Belgrano (Norte) 515/25 4200 Santiago del Estero
Tierra del Fuego Goleta Florencia 1686 9410 Ushuaia
Tucumán Las Piedras 418 1° Piso 4000 San Miguel de Tucumán

Opcionales de Envío

Por Ventanilla

Los telegramas pueden ser enviados desde todas las sucursales de Correo Argentino.

Opcionales de Servicio

Anulación de Telegrama

El emisor puede anular un Telegrama después de enviarlo. Si no fue transmitido, se le devolverá al emisor el importe que pagó. En caso de haber sido transmitido, igualmente puede comunicarle al destinatario su voluntad de anular la notificación expresada en el Telegrama. (En este caso, la anulación tiene un cargo, ya que deberá transmitirse un telegrama al destinatario comunicándole la anulación del mismo.)

Copia Certificada Diferida

Es la copia de un Telegrama que se encuentra en el archivo del Correo Argentino (tres años los Simples y Múltiples, y cinco años los Colacionados), con certificación de autenticidad realizada por un empleado autorizado de Correo Argentino. Puede ser solicitada tanto por el remitente como por el destinatario del Telegrama. La copia también puede ser requerida por las autoridades judiciales competentes. Esta certificación tiene poder fedatario.

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Ej: Jorge Pérez
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