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08 de Septiembre 2008 04:45
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Giros Nacionales »

Giro Postal

Es una orden de pago en pesos, emitida por Correo Argentino a nombre de un beneficiario particular o una empresa.

Si Ud. desea realizar un giro, debe depositar en cualquier sucursal de Correo Argentino el monto del giro junto con la comisión correspondiente al costo de la transacción. Correo le entrega en ese mismo acto una orden de pago para que Ud. la envíe al beneficiario particular o empresa mediante una Carta Simple, Certificada o Expreso.

Una vez que el beneficiario particular o empresa recibe la orden de pago que Ud. le envió, puede cobrarlo en 48 a 72 hs. a partir de la fecha de emisión, en la oficina de Correo Argentino indicada o bien depositarlo en el banco.

Vencimiento. ¡Para tener en cuenta!

Los giros vencen al finalizar el mes siguiente al de emisión, pero tanto el emisor como el beneficiario pueden revalidarlo por un período más.
Ejemplo:
Si Ud. realiza un giro el 15 de marzo de 2006, su vencimiento será el 30 de abril o el día hábil anterior.

Monto máximo admitido: $1.000






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