Para el giro postal que no haya sido abonado:
Transcurrido el mes siguiente de su emisión, se considera vencido. Tanto el emisor como el beneficiario pueden revalidarlo pagando nuevamente la comisión y las tasas.
Transcurridos los 23 meses, a contar del mes siguiente a la fecha de emisión, el giro se considera caduco, no puede reembolsarse ni revalidarse.