¿Qué productos no puedo enviar por Correo Argentino?

Prohibidos sin utilizar Valor Declarado:

  • Objetos de valor (obras de arte) 
  • Valores al Portador (cheques, acciones, bonos, etc.)
  • Papel moneda
  • Monedas metálicas.
  • Platino, oro o plata, manufacturados o no.
  • Pedrería (piedras preciosas, diamantes, esmeraldas, etc.).
  • Alhajas y otros objetos preciosos, incluso perlas naturales, de cultivo o sintéticas.

Por peligrosos:

  • Armas de fuego, pólvoras, municiones y afines.
  • Corrosivos
  • Explosivos
  • Gases comprimidos y aerosoles
  • Líquidos inflamables
  • Materiales oxidantes
  • Sólidos inflamables
  • Venenos: líquido, sólido o gas 
  • Animales vivos o especies vegetales vivientes
  • Asbestos (amianto)
  • Drogas, narcóticos o estupefacientes prohibidas por ley: cocaína, marihuana, opio, morfina; los estupefacientes, narcóticos y los medicamentos psicotrópicos y psicofármacos en general.
  • Material biológico
  • Material radioactivo
  • Pinturas, barnices y sustancias similares
  • Polvos secos colorantes y no colorantes

Por perecederos:

Los productos frescos que se descomponen fácilmente, como carnes, frutas, pescados, moluscos, verduras, huevos, productos lácteos, etc.
Se pueden incluir en las encomiendas los siguientes productos semi-perecederos porque no se descomponen fácilmente y, en líneas generales, no presentan dificultades para el transporte.
Por ejemplo: leche o sopa en polvo, galletitas, arroz, fideos envasados, golosinas, dulces envasados, café, yerba mate, etc.