Telegrama Ley 27.447 - INCUCAI

Comunicación que envía un remitente a un destinatario. Ingresa en el Sistema de Telegrafía y es encaminada y entregada en domicilio, previa firma de una constancia de recibo.

Tiene carácter fedatario ya que dadas las facultades atribuidas a Correo Oficial, durante todo el tratamiento del envío se asegura la fidelidad de los datos de la comunicación, sin la necesidad de la presencia de un escribano público.

Se trata de una comunicación mediante la cual cualquier persona capaz, mayor de 18 años puede dejar constancia de su negativa a donar sus órganos y/o tejidos para después de su muerte, de acuerdo al artículo 20 de la Ley 24.193, modificada por la Ley 26.326.

Es un servicio gratuito para el remitente, con cargo al Ministerio de Salud y Medio Ambiente, dirigido al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI).

Tanto el original impuesto como la documentación relacionada con su procesamiento y entrega, se archivan por un plazo de tres años a contar del mes de imposición.

Plazo de entrega; día habil siguiente.

Opcionales

De Servicio

  • Copia certificada: copia de telegrama con certificación de autenticidad realizada por un empleado autorizado de Correo Argentino inmediatamente después de su envío. Tiene poder fedatario. Puede ser solicitada tanto por el remitente como por el destinatario.
  • Copia certificada diferida: copia de un telegrama que se encuentra en el archivo de Correo Argentino (los simples y múltiples se guardan durante tres años y los colacionados cinco), con certificación de autenticidad realizada por un empleado autorizado de Correo Argentino. Puede ser solicitada tanto por el remitente como por el destinatario del Telegrama o por autoridades judiciales competentes. Posee poder fedatario.

De imposición

  • Desde las sucursales de Correo Argentino.

Precio: 

Telegrama Ley 27.447 (Telegrama de comunicación al INCUCAI de negación a donar órganos)
Sin cargo para el remitente.