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¿Extranjeros: Que documentos son necesarios acreditar la identidad para realizar envíos?

En el caso de ciudadanos extranjeros, pueden presentar pasaporte visado por la autoridad Nacional y Cédulas de Identidad extendidas por autoridades de países limítrofes, cuando dichas cédulas sean elementos que le permitan ingresar a nuestro país en calidad de turistas. Solo si se trata de la imposición de un Telegrama Ley 23.789, podrán presentar otros documentos de identidad expedidos por países extranjeros, de los que surjan con claridad los datos filiatorios de las personas de nacionalidad extranjeras.

¿Cómo se acredita identidad frente a Correo Argentino?

Para acreditar identidad frente a Correo Argentino, el remitente deberá exhibir alguno de los siguientes documentos: Tarjeta de Identidad Postal, Registro de Firma, Cédula de Identidad de MERCOSUR, Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, Pasaportes de ciudadanos extranjeros visados por autoridad nacional o Cédulas de Identidad expedidas por autoridades de países limítrofes.

¿Cuándo se debe acreditar representación frente a Correo Argentino y cómo se hace?

Es necesaria la acreditación de representación frente a Correo Argentino siempre que deba realizar, interpósita persona jurídica, operaciones y gestiones vinculadas con los servicios de Correo en los que es necesaria la acreditación de identidad (por ejemplo, emisión de Cartas Documento en representación de una empresa).

Para acreditar su representación el remitente deberá:

  • Acreditar identidad.
  • Presentar el original y una copia de la documentación detallada en el punto i) o ii), según sea su caso:

Representante Legal: